Después de que la Comisión para el Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla obtuviera una calificación reprobatoria de 46.93 puntos de 100 posibles en el Índice Nacional de Organismos Garantes del Derecho de Acceso a la Información (INOGDAI), la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (AMEDI), Capítulo Puebla, el Nodo de Transparencia, Puebla Vigila, Integradora de Participación Ciudadana y Coparmex Puebla, expresan su preocupación.
Ante la caída en 17 lugares de la Comisión para el Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla (CAIP), entre la primera y la segunda edición del Índice y la ausencia de elementos en el rubro de promoción del derecho de acceso a la información pública.
Para nosotros el resultado obtenido por la CAIP es el reflejo del trabajo desempeñado por el organismo garante del derecho a la información en el Estado, el cual ha privilegiado la protección a los sujetos obligados, principalmente el Poder Ejecutivo, en detrimento del derecho de los ciudadanos, como queda en evidencia por el sentido de las resoluciones dictadas por la Comisión en los recursos de revisión.
Asimismo, la no acreditación –con documentos probatorios– de la experiencia previa y especialización de los comisionados, resulta alarmante.
De acuerdo con datos publicados recientemente por el periodista Ernesto Aroche, en diez años de vigencia de la ley de transparencia unicamente dos funcionarios estatales han sido sancionados a pesar de las 23 denuncias presentadas por el órgano garante ante la Contraloría estatal.
Hacemos un llamado al Pleno de la Comisión para el Acceso a la Información Pública para que considere los puntos faltantes en la evaluación como áreas de oportunidad para mejorar el trabajo que desempeña, poniendo en marcha, entre otras cosas:
• La tranmisión en vivo de las sesiones de la CAIP aprovechando las nuevas tecnologías de la información, su disponibilidad en versiones estenográficas y video;
• La ejecución, en coordinación con las autoridades correspondientes, de un programa educativo en la materia;
• La solicitud de presupuestos específicos para la promoción del derecho de acceso a la información;
• La elaboración de actividades de promoción entre grupos en situación de vulnerabilidad;
• Así como la publicación de los criterios de resolución en los recursos de revisión.