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Caso Ingrid: grave violación a protocolos para feminicidios, derechos de las audiencias y débil respeto del periodismo a la legalidad

Amedi
febrero25/ 2020

Ilustración de floweronthewire en Instagram.

  • Las autoridades en materia judicial, radiodifusión, protección de datos personales y la Secretaría de Gobernación tienen responsabilidades en el caso Ingrid porque se violaron leyes y protocolos en materia de feminicidios, derechos de las audiencias y privacidad.
  • Algunos medios exhibieron una precaria ética periodística y una débil cultura de la legalidad al mostrar irresponsablemente imágenes de violencia de género.
  • El uso correcto de la libertad de expresión requiere respetar la identidad y la intimidad de las personas.

La filtración y difusión de imágenes explícitas en varios periódicos, medios electrónicos y digitales del feminicidio de Ingrid Escamilla, ponen a discusión prácticas periodísticas, editoriales y empresariales en las cuales sobreponen sus intereses comerciales, de lucro y de rating sobre sus responsabilidades sociales. Dejan entrever, por parte de las autoridades, omisiones en materia judicial y de radiodifusión porque existen normas y mecanismos que prohíben fotografiar, videograbar, filtrar y reproducir imágenes del cuerpo de una víctima para fines que no son los legales.

Los protocolos de actuación ministerial, pericial y policial con perspectiva de género para el delito de feminicidio, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (artículos 38, 41 y 42), la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (artículos 226 y 256), la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, diversos convenios y pactos nacionales e internacionales por la igualdad de género y el combate a la violencia contra las mujeres, e incluso compromisos públicos de medios de comunicación y plataformas tecnológicas como el signado en noviembre de 2019 por la Asociación Latinoamericana de Internet, UNESCO y la UNAM, establecen las garantías para eliminar la violencia, proteger la privacidad, los datos personales y el respeto a la dignidad de todo ser humano que implica prohibir que se graben y difundan nombres e imágenes de cuerpos de víctimas por feminicidio.

No existe justificación editorial para dar a conocer imágenes o nombres que revelen la identidad de personas víctimas de violencia (incluida la feminicida), mucho menos cuando son resultado de una filtración de información judicial o transgredan la legalidad.

La práctica de violar la privacidad y la intimidad de víctimas de violencia y, en ocasiones, de darle voz y difusión mediática a los victimarios para hacer atractivas sus malas acciones, no es nuevo, pero sí antiético. Todos los días se observan primeras planas de publicaciones periódicas y notas en los noticiarios de la televisión comercial que muestran ese tipo de imágenes que evidencian desconocimiento legal, irresponsabilidad ética de los trabajadores de la información, sus afanes de lucro, así como un sistema judicial carcomido del cual se hace escarnio mediático.

Para los medios de comunicación la violencia, las imágenes de alto impacto, los relatos detallados y la exposición del modus operandi criminales, venden. La “nota roja” (que en realidad debiera ser un periodismo judicial profesional) banaliza la violencia, omite indagar sus causas, acrecienta temores colectivos, se convierte en distractora de temas de interés público y convierte a sus víctimas en entretenimiento.

Aún cuando las víctimas o los familiares quisieran que las imágenes se exhibieran para exigir legítima justicia, un profesional de la información debe considerar que los materiales pueden perturbar, angustiar al público, lectores o audiencias y generar más violencia mediática.

El periodismo profesional tiene el compromiso y la responsabilidad social de respetar la intimidad, el dolor, el sufrimiento, el infortunio y la dignidad humana de las víctimas de la violencia. También tiene la obligación de propugnar por un aparato judicial eficaz, procedimental, garantista de los derechos fundamentales y transparente.

El caso de Ingrid destapó el afán de lucro de algunos medios, la insensibilidad hacia la violencia que experimentan las mujeres, hicieron apología de la violencia cotidiana sin investigación periodística ni contexto, así como una precaria formación profesional y de cultura de la legalidad.

Ninguna persona víctima de violencia o detenida tendría que ser exhibida en los medios sin tratar de forma respetuosa su intimidad, investigar y aclarar los hechos de interés público. Debe respetarse la dignidad de los muertos. Tampoco ofrecer sin una verdadera justificación editorial los primeros planos de rostros, heridas graves u otro material de índole violenta porque atenta contra la privacidad y la sensibilidad de víctimas y audiencias.

Si bien la violencia de género es un asunto de interés público, éste debe compaginarse con criterios editoriales éticos. La información debe ser completa, exacta y precisa. Un profesional del periodismo también debe ser empático, compasivo y evitar cualquier invasión injustificada de la intimidad al informar sobre tragedias, crímenes o accidentes.

El verdadero interés público no se encuentra en lo estrujante del homicidio, tampoco en la atrocidad de las imágenes, mucho menos en las declaraciones del victimario; el interés público se halla en la ineficiencia, la impunidad y la corrupción del aparato judicial para resolver casos de violencia de género, feminicidios o agresiones a periodistas.

La Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi) exige y propone lo siguiente:

  • Castigo a quienes violaron la ley y filtraron las imágenes de Ingrid Escamilla desde la Secretaría de Seguridad Ciudadana y la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.
  • Que los medios de comunicación asuman públicamente el compromiso de no difundir las imágenes, videos y audios de víctimas de violencia.
  • Que los medios de comunicación, mediante campañas de difusión, promuevan entre los usuarios de redes sociodigitales, no compartir imágenes, videos, audios e ilustraciones de víctimas de violencia.
  • Que los dueños de los medios de comunicación impresos, electrónicos y digitales se comprometan públicamente a capacitar de forma permanente a directivos, editores, reporteros, camarógrafos, fotógrafos, infografistas, diseñadores y todo el personal de las empresas de comunicación, sobre el respeto a la legalidad, derechos humanos, lenguaje y códigos de inclusión.
  • Que el Instituto Federal de Telecomunicaciones verifique que los concesionarios de radio y televisión cuenten con sus respectivos defensores de audiencia y códigos de ética, y proceda conforme a lo establecido en la ley en la materia.

Consejo Directivo de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi)

Presidente

Dr. Jorge Bravo

Capítulo Oaxaca

Capítulo Jalisco

Presidente

Mtro. José Rubén Alonso González

Capítulo Puebla

Presidente

Mtro. Rafael Gustavo Hernández García Cano

Capítulo Nuevo León

Presidente

Dr. Aurelio Collado Torres

Comité de vinculación institucional

Mtra. Beatriz Solís Leree

Dra. Yolanda Meyenberg Leycegui

Lic. Carla Martínez Guillén

Dra. Adriana Reynaga Morales

Comité jurídico

Lic. Fabiola Peña

Lic. Andrea González Verde

Comité de medios públicos e industrias culturales

Dra. Patricia Ortega Ramírez

Mtra. Ma. Magdalena López Rocha

Dr. Rodrigo Gómez García

Comité de inclusión y alfabetización digital

Dra. Delia Crovi Druetta

Mtro. Servando Vargas Pérez

Mtro. Gustavo Ríos Alcázar

Comité de comunicación y difusión

Lic. Margarita Cruz Vicente

Lic. Alicia Dinorah Navarro Rivera

Lic. Violeta Contreras García

Tesorera

Lic. Elizabeth Salazar Sánchez

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