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Neutralidad de la red en ascuas

Aleida Calleja
agosto16/ 2016

La Silla Rota

Una de las principales banderas del movimiento global de defensa de los derechos digitales es la neutralidad de la red, que es un principio que marca que los proveedores del servicio den acceso a los usuarios a los contenidos y aplicaciones sin privilegiar a ninguno en particular como tampoco alterar las velocidades y tráfico para el acceso a la red. El objetivo final es garantizar la universalidad de igualdad de acceso a contenidos y aplicaciones, lo que incluye una velocidad de internet estándar a fin de evitar que sólo los que tengan más poder adquisitivo puedan tener mejor velocidad en la red, por encima de las personas con menos poder económico.

Sin embargo, las empresas proveedoras del servicio de banda ancha han emprendido acciones para vulnerar este principio, alegando tarifas diferenciadas a los usuarios según la velocidad de red que contraten, con lo cual la velocidad estándar quedaría nulificada.

En el 2008, la Federal Comission of Comunications (FCC) de Estados Unidos generó un importante precedente en esta discusión cuando sancionó a la empresa Comcast por bloquear el acceso a varios usuarios que descargaban contenidos, y estableció reglas para obligar a los operadores de red a garantizar un acceso abierto a internet para todos los usuarios. El proceso derivó en una batalla en la que finalmente en 2015 la FCC determinó que el acceso a internet de alta velocidad será considerado un servicio público más, por lo que las empresas iniciaron una ofensiva legal que se mantiene hasta la actualidad.

En junio pasado la Corte de Apelaciones del Circuito del Distrito de Columbia le dio la razón a la FCC para declarar la banda ancha un servicio público, con lo cual se protege la neutralidad de la red de acuerdo a lo que defienden los activistas de los derechos digitales: que los operadores estén sujetos a las reglas de no discriminación e interconexión, prohibiendo a las compañías aumentar o disminuir la velocidad de conexión de manera selectiva o establezcan acuerdos pagados con determinadas compañías para priorizar el tráfico de sus datos.

La determinación fue histórica y de la más alta relevancia ya que garantiza el acceso a internet para considerarlo como un servicio esencial y no de lujo. Sin embargo, la Asociación Nacional de Cable y Telecomunicaciones (NCTA, por sus siglas en inglés) y la Asociación de Compañías Celulares (CTIA, por sus siglas en inglés), solicitaron recientemente a la misma Corte de Apelaciones que reabra el caso para revertir la determinación de que la banda ancha sea considerada como un servicio público. Si las empresas no logran su objetivo podrían acudir directamente a la Suprema Corte de Justicia de Estados Unidos, esto podría darse en medio del proceso electoral para la presidencia de ese país en el que la candidata demócrata Hillary Clinton se ha manifestado a favor de la neutralidad de la red, mientras el republicano Donald Trump ha declarado su desacuerdo al respecto. El desenlace de este proceso sin duda estará relacionado con este entorno político, entre otros factores, pero en definitiva lo que se defina influirá internacionalmente en la regulación de la red, por el peso que tiene nuestro vecino del norte sobre el desarrollo de la red global.

¿Y en México?

En nuestro país la neutralidad de la red se regula en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, los artículos 145 y 146 establecen que el Estado garantizará el derecho de acceso a las tecnologías de la información así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e Internet y determina que las telecomunicaciones son servicios públicos de interés general, por lo que el Estado garantizará que sean prestados en condiciones de competencia, calidad, pluralidad, cobertura universal, interconexión, convergencia, continuidad, acceso libre y sin injerencias arbitrarias.

Estas disposiciones se deberían de traducir en que los proveedores del servicio de internet no deberían realizar bloqueos, inspecciones, filtraciones o discriminación de contenidos, pero corresponde al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) emitir los lineamientos para que eso se garantice. Desde el año pasado estaba programada la consulta pública al respecto, pero no se realizó y se reprogramó para este año sin fecha determinada.

En declaraciones al periódico El Economista del pasado 24 de febrero, Gabriel Contreras Saldívar, presidente del IFT, manifestó; “No quisiera comprometer una fecha particular (para la publicación de los lineamientos) porque la consulta pública puede ser muy útil, hemos tenido casos en que salimos con una consulta pública y por los comentarios que se reciben o peticiones de la misma industria, particulares o actor interesado se prolongan las consultas públicas. Lo relevante es darle el tiempo necesario para recibir toda la información y a partir de eso tomar una determinación”.

Así como se dio una importante acometida en Estados Unidos entre las autoridades, sociedad civil y empresas por la neutralidad de la red, es altamente posible que también se dé en México ante  la regulación que deberá emitir el IFT sobre la neutralidad de la red, en Estados Unidos la autoridad reguladora se impuso a las presiones de las grandes empresas proveedoras de banda ancha como Comcast y Time Warner, AT&T, Cisco, Motorola y Verizon, ¿Lo mismo sucederá con nuestro regulador nacional? Veremos.

 

@callejag