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José Woldenberg / Una sola ley

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Este texto forma parte del libro ¿Qué legislación hace falta para los medios de comunicación en México? 

 

José Woldenberg

Una sola ley
 
Como integrante de la Amedi, creo que los catorce principios generales que elaboró en el año 2007 siguen teniendo una enorme pertinencia. Enumero algunos. 
 
1. Servicio público 
Considerar a la radio y la televisión y a las telecomunicaciones como un servicio público que tiene por objeto subrayar la importancia que en la construcción del espacio social tienen esas 
actividades. No se trata de una labor empresarial más, porque de su calidad, pertinencia, diversidad, profesionalismo, objetividad, dependerá en buena medida la calidad de la convivencia social.
 
 
2. El espectro radioeléctrico es y debe seguir siendo propiedad 
de la nación 
Reiterar ese principio tiene sentido porque hace posible la regulación de esa actividad y se subraya su carácter de servicio público. A partir de esa noción es que adquiere sentido un régimen de concesiones que no pueden mantenerse por tiempo indeterminado. 
 
3. Una sola ley 
Se trataría de confeccionar una sola ley que regule al conjunto de las actividades que hoy están reglamentadas en dos cuerpos normativos distintos (por un lado la radio y la televisión y por el otro las telecomunicaciones). Precisamente porque los fenómenos de convergencia son una realidad en expansión y porque difícilmente quienes operan en un campo no lo harán en el otro. 
 
4. Un órgano regulador autónomo, con atribuciones suficientes 
y responsabilidades precisas 
“Como parte de esa congruencia que impone el desarrollo tecnológico pero también la defensa cabal del interés público, es pertinente que la regulación de las telecomunicaciones, en todas sus modalidades, quede a cargo de un órgano estatal con autonomía 
–garantizada por la Constitución– tanto respecto de los poderes estatales como de las empresas a las que normaría”. 
 
5. Derecho de réplica 
Uno de los eslabones fuertes de la reforma constitucional en materia electoral fue la introducción en el artículo sexto de la Constitución del derecho de réplica. Se trata de una garantía estratégica que intenta equilibrar la relación asimétrica que se produce entre 
medios y audiencias, y puede llegar a convertirse en un instrumento fundamental para revertir el círculo perverso que hace de los medios criaturas impunes y de los ciudadanos entidades indefensas. Es necesario regular la disposición constitucional para que a través de un mecanismo expedito y eficiente todo aquel que se sienta mal tratado pueda defenderse. 
 
6. Integridad de los contenidos 
Todos hemos sufrido como espectadores de televisión o radioescuchas cortes y mutilaciones de películas, programas o canciones que se hacen bajo el manto de una supuesta tutela a la “moral pública”. Establecer que los materiales deben ser trasmitidos preservando su integridad no resulta entonces un capricho.
 
7. Promoción de medios auténticamente públicos 
Junto a los medios privados debe coexistir un sistema nacional de medios públicos que acreciente la diversidad de la oferta. 
 
José Woldenberg es profesor de tiempo completo en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México, UNAM

 

 

Autores

Rotafolio Javier Corral Jurado
Plaza Pública Miguel Ángel Granados Chapa
Sociedad y poder Raúl Trejo Delarbre
Telecom y Medios Gabriel Sosa Plata
Reflexiones Análisis de autores invitados

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