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Avanza La Reforma Para La Diversidad Y El Servicio Público En Telecom Y Radiodifusión

Amedi
diciembre05/ 2016

22 de abril de 2013

Avanza la reforma constitucional para la diversidad y el servicio público en telecomunicaciones y radiodifusión

   La aprobación en el Senado, con una mayoría de 118 votos, ha permitido que la reforma constitucional para las telecomunicaciones y la radiodifusión siga adelante. Ahora es de nuevo el turno de la Cámara de Diputados.

Cuando el mes pasado recibieron, analizaron y aprobaron la iniciativa elaborada en el Pacto por México y presentada por el presidente de la República, esos legisladores reconocieron la importancia de la reforma constitucional.

Ahora es de esperarse que, en congruencia con aquella actitud, la Cámara de Diputados apruebe sin modificaciones la minuta que le ha enviado el Senado. Ambas cámaras han incorporado, ya, distintas enmiendas al documento inicial.

La iniciativa del presidente y los partidos políticos ha sido revisada y modificada por los dos cuerpos legislativos que integran el Congreso de la Unión. Esperamos, también, que la reforma transcurra sin dificultades por los congresos de los estados en vista de que ha sido ampliamente discutida por los representantes de cada entidad y de que es respaldada por un significativo consenso de las fuerzas políticas más importantes del país.

Los cambios que incorporó el Senado no modifican la concepción básica de la reforma, que consiste en un rediseño del panorama de la comunicación, sustentado en la reivindicación del Estado y el servicio público.

Hay varios cambios para la fiscalización y rendición de cuentas del Instituto Federal de Telecomunicaciones y la Comisión de Competencia: informes trimestrales al Ejecutivo Federal y al Congreso, posibilidad de que los comisionados sean removidos por el Senado, contralorías internas designadas por la Cámara de Diputados. Las decisiones de estos organismos autónomos podrán ser motivo de controversias constitucionales.

Los requisitos que deben cumplir los aspirantes a comisionados de esos organismos fueron aminorados. En vez de 5, se redujo a un año el tiempo que debe pasar para que quienes hayan sido funcionarios públicos de alto rango puedan ser comisionados. Y en vez de 5, se disminuyó a 3 años el lapso que debe transcurrir para que puedan serlo quienes se hayan desempeñado como directivos de empresas reguladas por tales órganos autónomos. Esa reducción es un retroceso que el Senado no argumentó de manera suficiente.

También se eliminó la facultad del presidente para proponer al Senado quiénes ocuparán las presidencias de ambos órganos autónomos, así como la obligación de éstos para informar al Ministerio Público cuando en sus averiguaciones encuentren motivos para suponer que se ha cometido un delito. Esto es también un retroceso, sin embargo los comisionados de tales organismos siempre tendrán la posibilidad de presentar tales denuncias.

La atribución del gobierno federal, a través de dos de sus secretarías, para opinar acerca del otorgamiento o la revocación de concesiones y el establecimiento de las contraprestaciones, quedó acotada a un plazo de 30 días, por lo que ante la falta de respuesta aplicará la afirmativa ficta.

En la iniciativa se propuso que las decisiones del Instituto Federal de Telecomunicaciones, así como de la Comisión Federal de Competencia Económica, no puedan ser motivo de impugnación mediante amparo indirecto ni ser motivo de suspensión de los actos de la autoridad. El Senado incorporó una salvedad para que las decisiones de la Comisión de Competencia, en casos de imposición de multas o desincorporación de activos, tengan efecto hasta la resolución del juicio de amparo. Esa modificación no afecta las decisiones del Instituto Federal de Telecomunicaciones de tal suerte que no habrá suspensión, motivada por juicio de amparo, en resoluciones relacionadas con radiodifusión y telecomunicaciones.

Por otra parte, el Senado le dio una facultad más al Instituto de Telecomunicaciones al acordar que compartirá con el gobierno federal la responsabilidad de instalar una red pública de telecomunicaciones.

Hubo también reformas que afianzan derechos que ya estaban reconocidos, como la inclusión de medios comunitarios e indígenas entre los medios de carácter social, lo cual celebramos pues estas emisoras han sido permanentemente excluidas del ejercicio de sus derechos.

Se recuperó en el artículo 6º  la obligación de que el derecho a la información será garantizado por el Estado y se establecieron claramente los derechos de las audiencias. Además se agregó un transitorio para que sean respetados los derechos laborales de los trabajadores de organismos y empresas afectadas por la reforma constitucional.

La mayor parte de las modificaciones que el Senado hizo a la minuta de los diputados significan precisiones útiles para subrayar derechos sociales o fiscalizar decisiones de los nuevos organismos autónomos. La exigencia de los ciudadanos interesados en estos asuntos fue útil para evitar distorsiones y retrocesos como los que habían anunciado los senadores que no compartían el carácter avanzado de esta reforma.

De nuevo en la Cámara de Diputados, la iniciativa debe ser aprobada sin dilación ni alteraciones.  De ocurrir así y de resolverse sin contratiempos la aprobación en por lo menos 16 congresos de los estados, vendrá luego la elaboración de una nueva ley federal para telecomunicaciones y radiodifusión.

La cohesión de las fuerzas políticas y sus legisladores, así como la exigencia enterada y activa de la sociedad, seguirán siendo indispensables en esa etapa. La construcción de un orden comunicacional ceñido por el interés de la sociedad, la diversidad de señales y servicios, la presencia creativa y plural de los medios públicos y sociales y la exigencia para la calidad en las telecomunicaciones no es ni será sencilla, en ese sentido esta reforma representa un avance sustancial para sentar las bases para esa construcción.

México, D.F. 22 de abril de 2013.

Asociación Mexicana de Derecho a la Información
Aleida Calleja
Presidenta